DEVOLUCIÓN DE APORTES
De acuerdo a lo expuesto, desde la vigencia de la Ley N° 31826 (13 de julio del 2023) procede la devolución de aportes para aquel personal militar que cumpla con las siguientes condiciones:
a. Que, exista una relación jurídica vigente entre el aportante y FOVIMAR.
b. Que, el personal militar aportante haya percibido una remuneración pensionable.
c. Que, pase a la situación de retiro con goce de pensión, después del 13 de julio del 2023.
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