EXONERACIÓN DE APORTES AL PERSONAL NAVAL QUE CUENTA CON VIVIENDA PROPIA

DOCUMENTACIÓN SOLICITADA

Consignar información real, exacta y actualizada.

    • Simple (Personal en Retiro)
    • Vía Comando (Personal en actividad)
  • Solo del solicitante debidamente actualizado (fecha y estado civil, de ser soltero, viudo o divorciado).

  • De ambos cónyuges debidamente actualizado: aportante y cónyuge (fecha y estado civil de ser casados).

Bienes mancomunados: Solo para el estado civil casado y DNI no actualizado,  podrá presentarse la Partida Original de Matrimonio.

Separación de Bienes: Solo para el estado civil casado y DNI no actualizado,  podrá presentarse la Partida Original de Matrimonio, así como el  Original del Certificado Literal con la Inscripción de la Separación de Patrimonios (Expedida por SUNARP).

Expedido por la Oficina Registral (SUNARP) con una antigüedad no mayor de TRES (03) meses.

Nota:   

    • El solicitante deberá ser propietario del 100% de las acciones y derechos del inmueble.
    • El solicitante y su cónyuge deberán ser propietarios del 100% de las acciones y derechos del Inmueble.
    • Si la propiedad o inmueble está inscrita a nombre de dos o más personas no se considerará la exoneración.
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Para mayor información escribanos a:

También puede llamarnos a los números:

640-3333 / 640-3334 / 640-3335 / 640-3336

Anexo: 203

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